La Asociación Española de Distribuidores, Autoservicios y Supermercados (ASEDAS) ha anunciado el inicio de la ‘Operación Despensa’, que marca el mayor cambio de hábitos de consumo del año ante el regreso a la rutina laboral y escolar. Los 20.000 puntos de venta de la patronal constatan una fuerte reactivación de la cocina tradicional e ingredientes frescos en septiembre, liderada por incrementos en verduras de invierno (+50%), legumbres (+36%), patatas (+15%) y carnes (+10%). Asimismo, las frutas de temporada como mandarinas o uvas duplican su demanda (+100%), mientras los complementos dietéticos se disparan un 65% y la droguería crece un 3,6%. Este movimiento logístico viene acompañado por un repunte en el canal online, recurrido por la mitad de sus usuarios habituales para planificar compras voluminosas a su regreso.
El juez estudia la oferta de compra de Galletas Asinez
Galletas Asinez, declarada en concurso de acreedores, entró en proceso de liquidación tras no poder cumplir el convenio con sus acreedores. El fabricante aragonés de galletas atravesó dificultades económicas en los últimos años que obligaron a los dueños, la familia que fundó la empresa en 1958, a iniciar una nueva etapa junto al grupo Indi Capital Team, como explicó recientemente en una entrevista a nuestra revista Enrique Asín, exdirector general e hijo del fundador de la compañía. En sus declaraciones, Asín acusó a los gestores del grupo argentino de “descapitalizar la empresa y dejar a todos los acreedores sin cobrar, mientras la actividad continúa bajo sociedades creadas alrededor de la concursada”.
En estos últimos meses, Comercial Donovan Prime había presentado una oferta de compra por la unidad productiva de la compañía por 100.000 euros, en la que, además, asumía parcialmente determinadas deudas (614.000 euros y 2,8 millones). Tras “la denuncia interpuesta por algunos acreedores por distintas irregularidades en el proceso”, la AEAT y la Fiscalía han solicitado información de la operación, tras lo que el juzgado ha de emitir un dictamen al respecto sobre si la oferta presentada se acepta o se rechaza, continuando el Procedimiento Concursal”.
En concreto, la AEAT ha presentado un escrito de alegaciones ante el juez en el que se opone a “otorgar la autorización de venta de la unidad productiva de la concursada Galletas Asinez por no cumplir los requisitos establecidos en el artículo 218 TRLC (Texto Refundido de la Ley Concursal) en cuanto a la identificación y su solvencia”, pero también y seguimos aportando literalmente “en cuanto al precio ofertado ante la falta de justificación de las partidas de créditos contra la masa de los trabajadores o el crédito privilegiado a favor de Indi, entidad especialmente relacionada con la concursada y que, por ello, tiene la clasificación de crédito subordinado por lo que su pago infringiría la normativa concursal y el principio ‘pars conditio creditorum’, acordando subsidiariamente que la oferente aclare todas las cuestiones expuestas, modificando la solicitud de compra realizada”.
El escrito considera “improcedente la autorización de la venta a Comercial Donovan Prime, por haber detectado vinculación de esta empresa con Indi Capital Team, además de otras cuestiones sobre solvencia, medios humanos y técnicos, precio y condiciones de la oferta” que detalla al juzgado. La Agencia Tributaria explica al juzgado -y se continúa citando textualmente- que “existen discrepancias en los datos de identificación de la oferente, así como falta de acreditación de la solvencia y, en cuanto al precio ofertado existen también discrepancias en cuanto a la asunción de créditos incluidos a favor de Indi los cuales no tienen el carácter de créditos contra la masa, por lo que su pago infringiría el orden de pagos previsto en la normativa concursal cuando, además, dicha mercantil está especialmente vinculada con la concursada”. El análisis de la operación que realiza la AEAT concluye, además, que “la oferta por la unidad productiva ahora trasladada resulta incompleta, al no cumplir con los requisitos establecidos por la normativa concursal” y se acoge al artículo 218 de la Ley Concursal.
Por su parte, Comercial Donovan Prime ha presentado un escrito de alegaciones, en el que “mantiene la oferta presentada en todos sus términos”. Además, aporta documentación y aclaraciones sobre los puntos en los que la AEAT observa discrepancias, que rechaza en su totalidad. Entre otras alegaciones explica que “se identifica debidamente el ofertante, se acredita su solvencia y se justifican los créditos que asume y la condición contra la masa del que ostenta Indi Capital Team”. El escrito defiende que “el precio ofertado no es de 163.009,65 euros, que por sí mismo no parece menor ante la asunción del pasivo laboral (614.000 euros), la deuda con el Fogasa (43.000 euros), la deuda de los trabajadores (19.000 euros) y el crédito masa de Indi Capital (2.320.000 euros)”.
