El Tribunal Supremo sentencia que solo Bimbo puede usar la marca Donut

El Tribunal Supremo ha dado la razón al Grupo Bimbo por el uso del término ‘Donut’ y reconoce su propiedad intelectual. La sentencia declara que el uso no autorizado del término con fines comerciales viola los derechos de marca y “puede implicar per se un aprovechamiento indebido del renombre o notoriedad de las marcas Donut, con el consiguiente menoscabo de su carácter distintivo y de su renombre”. Grupo Bimbo se ha felicitado por la decisión judicial, asegurando que “el Tribunal Supremo ha confirmado el renombre extraordinario de nuestra marca” y “deja claro que la presencia de una marca en el lenguaje cotidiano o en los diccionarios no limita la protección jurídica que le corresponde”
21 de noviembre de 2025, 11:35

La sentencia, dictada por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo el 28 de octubre, pone fin a una batalla legal que Grupo Bimbo (entonces Bakery Donuts Iberia) comenzó en 2017 para defender su marca Donuts contra Atlanta Restauración Temática, una compañía de comercio al por mayor y distribución en el sector de hostelería. Esta comercializaba un producto denominado Redondoughts que describía como ‘Donut’ y provocó que Grupo Bimbo, titular de esta marca desde septiembre de 1962, acudiera a los tribunales.

La primera consecuencia fue una sentencia dictada en primera instancia que desestimaba íntegramente la demanda al no apreciar riesgo de que los productos se confundiesen y al considerar que iban dirigidos a públicos diferentes. Sin embargo, Grupo Bimbo continuó su proceso legal ante los tribunales primero con un recurso de apelación, que también fue desestimado, y después con un recurso extraordinario por infracción procesal y con un recurso de casación, que es el que ahora ha resuelto el Tribunal Supremo.

El Grupo Bimbo, en un comunicado oficial, celebra la sentencia y afirma que “este año marca un hito”, puntualizando que tras casi nueve años, “el Tribunal Supremo ha confirmado el renombre extraordinario de nuestra marca” y ha establecido que el uso del término “en el ámbito comercial constituye una infracción directa de nuestros derechos”, además de impedir “el uso de la palabra en genérico por terceros”.

El Tribunal Supremo sentencia que solo Bimbo puede usar la marca Donut

Los dónuts, en la RAE

El fallo del Tribunal Supremo descarta el argumento de que el término donut pueda usarse libremente porque aparece en la Real Academia Española (RAE) “ha de advertirse que el diccionario recoge el término con la tilde que se deriva de su pronunciación en español ‘dónut’ (no ‘Donut’) y con mención expresa a que proviene de la marca registrada Donut®, lo que excluye la genericidad” y estima que lo que utilizó Atlanta en su catálogo fue Donut y no ‘dónut’, recogido en el diccionario. La sentencia puntualiza que “podía haber utilizado otros términos similares, como roscos, rosquillas o berlinas para describir el mismo producto, sin necesidad de uso de la marca ajena”.

Pese a reconocer el uso indebido, descarta la indemnización por daños y perjuicios que la parte demandante (Grupo Bimbo) solicitaba y que estimaba en el 5% de la cifra de negocio obtenido por la demandada (Atlanta Restauración Temática) por los productos indebidamente comercializados. Así, el Supremo estima que “el uso de la marca Donut por parte de Atlanta se había producido, de manera muy limitada, única y exclusivamente en algunas partes no especialmente resaltadas de su página web, concretamente en la descripción de las rosquillas, pero no en la lista o relación de marcas de la empresa, ni en envases, envoltorios o presentaciones de sus productos; así como que en cuanto fue emplazada, la demandada eliminó dicho término de la página web. E incluso al oponerse al recurso de apelación, Atlanta manifestó que se comprometía formalmente a abstenerse de usar en el futuro el término Donut”. Además, la sentencia considera que el uso, aunque fue ilícito “tuvo lugar en un ámbito muy reducido de difusión dirigido a profesionales y fue tan fugaz en el tiempo y falto de resultado pernicioso desde un punto de vista patrimonial, que no está justificada la concesión de una indemnización”.

El Tribunal Supremo sentencia que solo Bimbo puede usar la marca Donut

Reacciones del sector

Carlos Tatay, Marketing VP de Grupo Bimbo España, ha declarado que “esta sentencia reconoce el esfuerzo constante de nuestros equipos y refuerza nuestra determinación por seguir innovando y liderando la categoría”. Tatay ha insistido en que “con esta victoria, reafirmamos nuestro compromiso: proteger lo que construimos con trabajo, innovación y respeto por el consumidor” y ha añadido que “para nosotros, proteger una marca como Donuts es también proteger la confianza y el afecto de generaciones enteras”.

Las reacciones dentro del sector de panadería y bollería no se han hecho esperar y en algunos casos se han compartido por redes sociales.

Olga Martínez, presidenta de Produlce, vicepresidenta de la asociación europea Caobisco y directora de Asuntos Corporativos y Sostenibilidad de Gupo Bimbo Emea, se ha sumado a las felicitaciones a Grupo Bimbo desde su perfil en LinkedIn. “Celebramos una victoria histórica para Grupo Bimbo”, afirma. En su opinión “esta decisión sienta un precedente clave en la defensa de la propiedad intelectual en España y reconoce el enorme valor emocional, cultural y de calidad que Donuts ha construido durante décadas”.

Otras empresas del sector, como Krispy Kreme España también han reaccionado a través de LinkedIn: “Enhorabuena. Esto deja claro que no somos un d...t, somos Krispy Kreme España”.

Noticias Breves
03/mayo/2026
create jue, 30 abr 2026 16:07:55 +0200
modified dom, 03 may 2026 11:00:00 +0200
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La cooperativa Unide ha cerrado el primer trimestre de 2026 con 14 nuevas aperturas a nivel nacional, reforzando su presencia en 11 provincias dentro de su Plan Estratégico Unide 2.0. Las nuevas tiendas se han implantado en regiones como Castilla-La Mancha, Madrid y Canarias, entre otras, impulsando el modelo de comercio de proximidad y la figura del emprendedor local.

El modelo de la cooperativa se centra en el apoyo logístico y estructural a empresarios locales, lo que permite dinamizar la economía tanto en entornos urbanos como en zonas rurales con menor oferta. El director general, David Navas, ha destacado que este crecimiento consolida el compromiso de la compañía con el arraigo al territorio y el desarrollo social de las comunidades donde opera.

30/abril/2026
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El primer trimestre de 2026 refleja un panorama dispar en la molienda de cacao. Según la European Cocoa Association, Europa registró una caída interanual del -8%, situándose en mínimos desde 2011/2012. Norteamérica también descendió un -3,8%, mientras Asia se desmarcó con un crecimiento récord del +5%. En conjunto, el procesamiento global retrocede un -4,4%, alcanzando los niveles más bajos desde la campaña 2016/2017.

Pese a esta contracción, la consultora Areté prevé un superávit de 222.000 toneladas para el ciclo 2025/26, impulsado por una producción que crecerá un +3% frente a un consumo mundial estancado (+0,7%). No obstante, los precios en el mercado ICE Europe han repuntado un +26% tras los mínimos de febrero, superando las 3.000,74 €/t. Este incremento responde a la incertidumbre geopolítica y la volatilidad financiera, pese a la relajación de la oferta a corto plazo.

01/mayo/2026
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El sector del aceite de oliva en España afronta una campaña marcada por una oferta menos abundante de lo previsto. Según datos de la consultora Areté, la producción acumulada hasta marzo se sitúa un 10% por debajo de la campaña anterior, una cifra que contrasta con las estimaciones de la Comisión Europea, que preveía un descenso de solo el 3%. Este desajuste apunta a una disponibilidad de producto más limitada en el mercado nacional que la proyectada inicialmente por los organismos comunitarios.

El análisis del mercado entre octubre y febrero revela que las exportaciones españolas han crecido un 8%, mientras que el consumo interno solo ha subido un 1%, muy por debajo del 5% esperado por Bruselas. A pesar de esta menor producción local, los precios del aceite de oliva virgen extra en Andalucía han mostrado estabilidad, con variaciones de apenas el 1% entre marzo y abril. Este equilibrio se debe a que el mercado comunitario se encuentra bien abastecido gracias al dinamismo de las ventas exteriores españolas

29/abril/2026
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La empresa galletera Galletas Gullón, ha sido galardonada con el Premio Aster a la Trayectoria Empresarial otorgado por ESIC University. Este reconocimiento, que se concede desde 1982, distingue a empresas consolidadas por su liderazgo, innovación, sostenibilidad y contribución al desarrollo económico y social.

El premio, que fue entregado en una gala en el Auditorio del Campus ESIC University Juan XXIII, en Pozuelo de Alarcón (Madrid), “reconoce el modelo empresarial sólido y responsable de la compañía, capaz de combinar crecimiento económico sostenido con un impacto positivo en su entorno”. De hecho, la entidad cerró el ejercicio 2025 con una facturación récord de 750 millones de euros, lo que supone un incremento del 7,6% respecto al año anterior y un crecimiento acumulado del 41,24% desde 2022. Además, ha alcanzado los 2.300 puestos de trabajo directos, con el objetivo de aproximarse a los 3.000 empleos en 2030.

28/abril/2026
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La compañía gallega Gadisa Retail ha vuelto a reunir a más de 300 franquiciados en la 36ª Convención Anual de Claudio, la franquicia de alimentación con mayor número de puntos de venta en Galicia.

En esta ocasión, una importante representación de propietarios y colaboradores de los 257 puntos de venta Claudio y Claudio Express se han desplazado al Hotel Pazo Los Escudos de Vigo. El presidente y consejero delegado de Gaidsa Retail, Roberto Tojeiro, y el director de ventas de la línea de franquicia, Miguel Freire, han dado la bienvenida a todos los invitados, que se han desplazado desde diferentes localidades de las cuatro comunidades en las que está presente esta línea de negocio: Galicia, Castilla y León, Asturias y Madrid.