El Tribunal Supremo sentencia que solo Bimbo puede usar la marca Donut

El Tribunal Supremo ha dado la razón al Grupo Bimbo por el uso del término ‘Donut’ y reconoce su propiedad intelectual. La sentencia declara que el uso no autorizado del término con fines comerciales viola los derechos de marca y “puede implicar per se un aprovechamiento indebido del renombre o notoriedad de las marcas Donut, con el consiguiente menoscabo de su carácter distintivo y de su renombre”. Grupo Bimbo se ha felicitado por la decisión judicial, asegurando que “el Tribunal Supremo ha confirmado el renombre extraordinario de nuestra marca” y “deja claro que la presencia de una marca en el lenguaje cotidiano o en los diccionarios no limita la protección jurídica que le corresponde”
21 de noviembre de 2025, 11:35

La sentencia, dictada por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo el 28 de octubre, pone fin a una batalla legal que Grupo Bimbo (entonces Bakery Donuts Iberia) comenzó en 2017 para defender su marca Donuts contra Atlanta Restauración Temática, una compañía de comercio al por mayor y distribución en el sector de hostelería. Esta comercializaba un producto denominado Redondoughts que describía como ‘Donut’ y provocó que Grupo Bimbo, titular de esta marca desde septiembre de 1962, acudiera a los tribunales.

La primera consecuencia fue una sentencia dictada en primera instancia que desestimaba íntegramente la demanda al no apreciar riesgo de que los productos se confundiesen y al considerar que iban dirigidos a públicos diferentes. Sin embargo, Grupo Bimbo continuó su proceso legal ante los tribunales primero con un recurso de apelación, que también fue desestimado, y después con un recurso extraordinario por infracción procesal y con un recurso de casación, que es el que ahora ha resuelto el Tribunal Supremo.

El Grupo Bimbo, en un comunicado oficial, celebra la sentencia y afirma que “este año marca un hito”, puntualizando que tras casi nueve años, “el Tribunal Supremo ha confirmado el renombre extraordinario de nuestra marca” y ha establecido que el uso del término “en el ámbito comercial constituye una infracción directa de nuestros derechos”, además de impedir “el uso de la palabra en genérico por terceros”.

El Tribunal Supremo sentencia que solo Bimbo puede usar la marca Donut

Los dónuts, en la RAE

El fallo del Tribunal Supremo descarta el argumento de que el término donut pueda usarse libremente porque aparece en la Real Academia Española (RAE) “ha de advertirse que el diccionario recoge el término con la tilde que se deriva de su pronunciación en español ‘dónut’ (no ‘Donut’) y con mención expresa a que proviene de la marca registrada Donut®, lo que excluye la genericidad” y estima que lo que utilizó Atlanta en su catálogo fue Donut y no ‘dónut’, recogido en el diccionario. La sentencia puntualiza que “podía haber utilizado otros términos similares, como roscos, rosquillas o berlinas para describir el mismo producto, sin necesidad de uso de la marca ajena”.

Pese a reconocer el uso indebido, descarta la indemnización por daños y perjuicios que la parte demandante (Grupo Bimbo) solicitaba y que estimaba en el 5% de la cifra de negocio obtenido por la demandada (Atlanta Restauración Temática) por los productos indebidamente comercializados. Así, el Supremo estima que “el uso de la marca Donut por parte de Atlanta se había producido, de manera muy limitada, única y exclusivamente en algunas partes no especialmente resaltadas de su página web, concretamente en la descripción de las rosquillas, pero no en la lista o relación de marcas de la empresa, ni en envases, envoltorios o presentaciones de sus productos; así como que en cuanto fue emplazada, la demandada eliminó dicho término de la página web. E incluso al oponerse al recurso de apelación, Atlanta manifestó que se comprometía formalmente a abstenerse de usar en el futuro el término Donut”. Además, la sentencia considera que el uso, aunque fue ilícito “tuvo lugar en un ámbito muy reducido de difusión dirigido a profesionales y fue tan fugaz en el tiempo y falto de resultado pernicioso desde un punto de vista patrimonial, que no está justificada la concesión de una indemnización”.

El Tribunal Supremo sentencia que solo Bimbo puede usar la marca Donut

Reacciones del sector

Carlos Tatay, Marketing VP de Grupo Bimbo España, ha declarado que “esta sentencia reconoce el esfuerzo constante de nuestros equipos y refuerza nuestra determinación por seguir innovando y liderando la categoría”. Tatay ha insistido en que “con esta victoria, reafirmamos nuestro compromiso: proteger lo que construimos con trabajo, innovación y respeto por el consumidor” y ha añadido que “para nosotros, proteger una marca como Donuts es también proteger la confianza y el afecto de generaciones enteras”.

Las reacciones dentro del sector de panadería y bollería no se han hecho esperar y en algunos casos se han compartido por redes sociales.

Olga Martínez, presidenta de Produlce, vicepresidenta de la asociación europea Caobisco y directora de Asuntos Corporativos y Sostenibilidad de Gupo Bimbo Emea, se ha sumado a las felicitaciones a Grupo Bimbo desde su perfil en LinkedIn. “Celebramos una victoria histórica para Grupo Bimbo”, afirma. En su opinión “esta decisión sienta un precedente clave en la defensa de la propiedad intelectual en España y reconoce el enorme valor emocional, cultural y de calidad que Donuts ha construido durante décadas”.

Otras empresas del sector, como Krispy Kreme España también han reaccionado a través de LinkedIn: “Enhorabuena. Esto deja claro que no somos un d...t, somos Krispy Kreme España”.

Noticias Breves
19/junio/2026
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La compañía de distribución Makro ha anunciado una inversión de 2,6 millones de euros destinada a la remodelación integral de su Cash & Carry en Elche. Este proyecto estratégico, enmarcado en su Plan de Transformación de la Red Logística, tiene como objetivo ganar capacidad operativa en su Servicio de Distribución a Hostelería sin interrumpir la actividad comercial del centro, cuyas obras finalizarán en octubre.

La reforma reorganizará el espacio ampliando un 55% la superficie destinada al canal de entrega, que pasará de 1.100 a 1.700 metros cuadrados dotados con más instalaciones refrigeradas y zonas de carga. Como resultado, el centro ilicitano incrementará su capacidad logística desde los 400 pedidos actuales hasta más de 600 envíos diarios.

18/junio/2026
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La cadena de supermercados Lidl continúa con su plan de desarrollo sostenible en España mediante la apertura de dos nuevos establecimientos en Galicia y la Comunidad Valenciana, un movimiento que ha requerido una inversión conjunta superior a los trece millones de euros. Estas inauguraciones, que tendrán lugar en los municipios de Poio (Pontevedra) el 19 de junio y La Pobla de Farnals (Valencia) el 26 de junio, aportarán de forma combinada más de 3.000 metros cuadrados de superficie comercial a la enseña y generarán 43 puestos de trabajo directos. Ambas salas de venta superarán los 1.500 metros cuadrados de exposición y contarán con infraestructuras eficientes.

Con estas actuaciones, la multinacional optimiza una red que ronda los 730 centros en el territorio nacional, enmarcado dentro de una hoja de ruta para su ejercicio fiscal 2026 que prevé la puesta en marcha de cerca de 50 puntos de venta en todo el país (40 de nueva planta y 10 modernizaciones).

18/junio/2026
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La cadena Carrefour refuerza su liderazgo omnicanal tras registrar un incremento del 23% en su servicio de recogida online Drive. Esta modalidad híbrida se consolida como la opción de mayor progresión en su supermercado digital, impulsada por los nuevos hábitos de los consumidores y socios de El Club Carrefour, quienes priorizan la inmediatez y el control del tiempo.

El crecimiento responde a la agilidad de la firma para adaptarse a las demandas del mercado basándose en tres pilares: gratuidad total del servicio, ahorro de tiempo al seleccionar la hora exacta de recogida y la comodidad de recibir la compra directamente en el maletero del coche. Para absorber la demanda, la compañía aprovecha su red multiformato y cuenta ya con 148 tiendas equipadas con puntos Drive en los principales núcleos urbanos, integrando la eficiencia digital con la capilaridad de su infraestructura física.

17/junio/2026
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El departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra y Eroski han firmado hoy el primer convenio de colaboración entre ambas entidades para impulsar la competitividad y el desarrollo del sector agroalimentario navarro. El acuerdo, con vigencia hasta 2029, es un paso adelante en el compromiso de la cooperativa de distribución alimentaria con la generación de riqueza local y establece un marco de trabajo conjunto orientado a fortalecer la producción agroalimentaria navarra.

La firma del convenio ha tenido lugar en Pamplona y ha estado presidida por el consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, José María Aierdi, y la CEO del Grupo Eroski, Rosa Carabel, quien ha destacado que que “este acuerdo refleja nuestro compromiso de poner al servicio del crecimiento, la competitividad y sostenibilidad del sector agroalimentario navarro todos los recursos de Eroski”.

16/junio/2026
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La cooperativa Covirán mantiene su ritmo de expansión con la apertura de ocho nuevos supermercados durante el mes de mayo, reforzando su presencia en España y Portugal. Siete de estos establecimientos corresponden al modelo Covirán Origen —ubicados en Andalucía, País Vasco y Portugal—, mientras que Aragón incorpora un nuevo supermercado Covirán Plus.

En conjunto, las aperturas suman 1.376 metros cuadrados de superficie de venta, ampliando la capilaridad de la cooperativa en el territorio ibérico. Además, Las ocho tiendas inauguradas han generado 35 nuevos puestos de trabajo, reforzando el papel de Covirán como agente dinamizador del empleo.

En palabras del director general de Covirán, Esteban Gutiérrez: “Cada nueva apertura es el resultado del esfuerzo compartido entre la cooperativa y sus socios, que son quienes dan vida al modelo de comercio de proximidad”.