El Gobierno aprueba nuevas medidas para hacer frente al COVID-19

La aparición en el BOE de hoy, miércoles 1 de abril, del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, viene a completar la información que desde esta publicación hemos ido dando en cuanto a las medidas jurídicas, laborales y fiscales que se han ido aprobando en estos últimos 15 días. Un artículo elaborado por Enrique Ortiz Sierra, abogado y experto en asesoría fiscal y laboral de Ortiz Sierra Abogados

1 de abril de 2020, 19:37

La nueva norma aprobada por el Gobierno establece un conjunto de medidas de naturaleza prestacional y contiene nuevas medidas de carácter laboral que vienen a completar las ya aprobadas en los últimos 15 días.

1.- Medidas de apoyo a los autónomos y empresas

1.a). Moratoria de las cotizaciones sociales a la Seguridad Social

Se establece que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) podrá otorgar moratorias de 6 meses, sin interés, a las empresas y los trabajadores por cuenta propia incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social, que lo soliciten y cumplan ciertos requisitos y condiciones pendientes de determinar.

Empresa Famliar Negocios La moratoria afectará al pago de sus cotizaciones a la Seguridad Social cuyo período de devengo, en el caso de las empresas, esté comprendido entre los meses de abril y junio de 2020 y, en el caso de autónomos, entre mayo y julio de 2020, siempre que las actividades que realicen no se hayan suspendido con ocasión del estado de alarma.

La concesión se comunicará en el plazo de los 3 meses siguientes al de la solicitud, pero se considerará realizada dicha comunicación con la efectiva aplicación de la moratoria por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social en las liquidaciones de cuotas que se practiquen a partir del momento en que se presente la solicitud.

1.b). Aplazamiento en el pago de deudas con la Seguridad Social

Las empresas y los trabajadores por cuenta propia incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social, siempre que no tuvieran otro aplazamiento en vigor, podrán solicitar hasta el 30 de junio de 2020 el aplazamiento en el pago de sus deudas con la Seguridad Social cuyo plazo reglamentario de ingreso tenga lugar entre los meses de abril y junio de 2020, en los términos y condiciones establecidos en la normativa de Seguridad Social, siendo de aplicación un interés del 0,5%.

Estas solicitudes de aplazamiento deberán efectuarse antes del transcurso de los diez primeros naturales del plazo reglamentario de ingreso.

2.- Interpretación de la cláusula de conservación del empleo contenida en la Disposición Adicional  6ª RDL 8/2020

Es muy importante lo establecido (y ha sido objeto de duda entre muchas empresas a la hora de presentar sus ERTES) la obligación de “mantenimiento de empleo” al que obligaba la norma citada durante un periodo de 6 meses desde la fecha de reanudación de la actividad.

DA 14ª del R.D. Ley 11/2020 establece que este compromiso "se valorará en atención a las características específicas de los distintos sectores y la normativa laboral aplicable, teniendo en cuenta, en particular, las especificidades de aquellas empresas que presentan una alta variabilidad o estacionalidad del empleo o una relación directa con eventos o espectáculos concretos, como sucede, entre otros, en el ámbito de las artes escénicas, musicales, cinematográfico y audiovisual. En particular, en el caso de contratos temporales el compromiso de mantenimiento del empleo no se entenderá incumplido cuando el contrato se extinga por expiración del tiempo convenido o la realización de la obra o servicio que constituye su objeto o cuando no pueda realizarse de forma inmediata la actividad objeto de contratación.

En todo caso, las medidas previstas en los artículos 22 a 28 de Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, resultarán de aplicación a todas las personas trabajadoras, con independencia de la duración determinada o indefinida de sus contratos".

3.- Ampliación de plazo para recurrir

También es muy importante que el cómputo del plazo para interponer recursos en vía administrativa o para instar cualesquiera otros procedimientos de impugnación, reclamación, conciliación, mediación y arbitraje que los sustituyan de acuerdo con lo previsto en las Leyes, en cualquier procedimiento del que puedan derivarse efectos desfavorables o de gravamen para el interesado, se computará desde el día hábil siguiente a la fecha de finalización de la declaración del estado de alarma, con independencia del tiempo que hubiera transcurrido desde la notificación de la actuación administrativa objeto de recurso o impugnación con anterioridad a la declaración del estado de alarma, todo ello sin perjuicio de la eficacia y ejecutividad del acto administrativo objeto de recurso o impugnación

4.- Otras medidas de naturaleza social y prestacional

- Se establece un subsidio extraordinario por falta de actividad para las personas integradas en el Sistema Especial de Empleados de Hogar.

- Se crea un subsidio de desempleo excepcional por fin de contrato temporal para aquellas personas que, habiéndoseles extinguido un contrato de tal naturaleza, no tengan las cotizaciones suficientes para acceder a la prestación por desempleo.

- Se decreta la compatibilidad del subsidio por cuidado de menor y prestación por desempleo o cese de actividad durante la permanencia del estado de alarma.

- Se dispone la posibilidad de disponer de los planes de pensiones en caso de desempleo o cese de actividad

- Con el fin de reforzar los profesionales sanitarios actuales con los ya jubilados, se regula la compatibilidad de la pensión de jubilación con el nombramiento como personal estatutario.

- Se suspenden los procedimientos de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional.

- En los contratos de arrendamiento de vivienda habitual sujetos a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, se decreta una Prórroga extraordinaria de 6 meses.

- Se regulan las condiciones para el establecimiento de una Moratoria de deuda arrendaticia, siendo automática en caso de grandes tenedores y empresas o entidades públicas de vivienda.

Enrique Ortiz Sierra,
abogado y experto en asesoría fiscal y laboral de
Ortiz Sierra Abogados

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31/octubre/2026
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Estepa recupera parte de su memoria comercial e industrial con la apertura de Sabor a nostalgia: Patrimonio Gráfico del Mantecado y Polvorón de Estepa, una exposición organizada por el Consejo Regulador de las Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) Mantecados y Polvorones de Estepa. La muestra se puede visitar desde el 28 de octubre hasta el próximo 10 de enero en el Museo Padre Martín Recio de Estepa.

El recorrido reúne materiales gráficos de distintas épocas, como antiguos envoltorios, cajas de cartón, cajas de lata, calendarios publicitarios y anuncios gráficos. De esta manera, se puede descubrir cómo han evolucionado la imagen, el diseño y la comunicación comercial de los mantecados y polvorones a lo largo de los años.

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El OIGC, impulsado por el Institut Cerdà, alcanza su máximo histórico desde 2017 en su décimo aniversario, al reunir 413 iniciativas para su análisis, 75 más que el año anterior y batiendo récord de participación con un 56% más de organizaciones innovadoras. Además, esta convocatoria cuenta con la colaboración de entidades como Aecoc, Anged, Asedas, CNTA, Food4Life Spain y Vitartis.

El próximo 23 de febrero, se anunciarán las 20 propuestas más destacadas del año, seleccionadas por un comité independiente formado por 16 expertos multisectoriales. Ese mismo día, se presentará una nueva edición de ‘La Radiografía de la Innovación en Gran Consumo’, un estudio para observar cómo evoluciona la innovación en el sector. Según destacan, “examinará cuánto invierten y cómo financian las empresas la innovación, a qué áreas las destinan y qué barreras encuentran al desarrollar nuevos proyectos”. También “analizará la percepción de los consumidores sobre la innovación para identificar los principales cambios y tendencias”.

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La empresa Carrefour supera ya las 700 tiendas con servicio de entregas ultrarrápidas de delivery y consolida así una de las mayores redes de cobertura nacional de quick commerce en España. Este acontecimiento se produce tras incrementar un 40% su capacidad operativa al sumar en lo que va de año 200 nuevos centros a su red. A diferencia de la compra online tradicional, este modelo busca responder de forma directa a la urgencia de los clientes frente a necesidades de última hora. Así, los consumidores pueden resolver compras urgentes desde su móvil a través de Glovo, Uber Eats y Just Eat, con la garantía de recibir productos frescos seleccionados al momento con la misma calidad que en el mostrador físico.

“Queremos que hacer una compra de última hora sea tan fácil como abrir una app y tener el pedido en casa en media hora, manteniendo la misma calidad y precios que en nuestras tiendas físicas”, explica Justyna Torres, directora de Ecommerce de Carrefour España.

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La compañía continúa con su plan de expansión y modernización de la red comercial con la apertura de esta nueva tienda, ubicada en la calle Clara Campoamor 12 (Las Rozas de Madrid). Para este nuevo establecimiento, Ahorramas invierte 6,9 millones de euros, que cuenta con 1.261 metros cuadrados de sala de ventas y 44 profesionales, además de un servicio de compra online, Amazon Locker y recogida de cápsulas de café. También incorpora distintas soluciones orientadas a mejorar la eficiencia energética y optimizar el funcionamiento de sus instalaciones destacando la instalación de 1.750 kW de energía solar fotovoltaica, sistemas de frío y climatización congas CO2, entre otras.

Con esta apertura, Ahorramas suma cuatro nuevos supermercados en lo que va de 2026, tras las inauguraciones en Humanes y Getafe, en la Comunidad de Madrid, y en Cabanillas de Campo, en Guadalajara. En conjunto, suman más de 4.900 metros cuadrados de sala de ventas.

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La compañía Haribo ha cancelado su iniciativa ‘Chamberí Horror Experience’, desarrollada junto a Metro de Madrid, tras el grave accidente ferroviario ocurrido el 28 de octubre en la línea de alta velocidad en Toledo. Una decisión tomada por la compañía como muestra de respeto hacia las víctimas, sus familias y todas las personas afectadas.

Por su parte, la experiencia visual de la estación de Callao, un pasillo ambientado para Halloween por el que podrán pasar los viajeros, seguirá disponible hasta el 2 de noviembre.