
Este nuevo reglamento busca introducir cambios para satisfacer las necesidades del consumidor. Juan Julian García, vocal asesor de Aecosan ha sido el encargado de presentar a los ponentes. Para comenzar la jornada, María Ángeles Ortega, de la subdirección General de Coordinación, Calidad y Cooperación en Consumo de Aecosan ha explicado las novedades más destacadas en el etiquetado como que “a partir de ahora se tendrán que identificar los aceites y grasas vegetales” o que “se tiene que poner el componente alérgeno de forma destacada“.
La información clara y comprensible es una parte importante de este cambio, Ortega afirma que a partir de ahora “el tamaño de la letra será de 1’2 mm, salvo que la superficie será inferior a 80 cm² que entonces el tamaño se reducirá a 0’9 mm”.
“A partir de ahora se tendrán que identificar los aceites y grasas vegetales”
Otros protagonistas son los de tiendas online o venta a distancia, que tendrán que ejecutar cambios en su forma de venta ya que ‘a partir de ahora se podrá ver la etiqueta antes de comprar el producto, excepto la fecha de duración mínima”.
Agustín Palma, de la Subdirección General de Coordinación, Calidad y Cooperación en Consumo de Aecosan, se ha centrado en las novedades de información nutricional ya que a partir de ahora hay que especificar el valor energético, grasas, hidratos, azúcares, proteínas y sal. Palma explica otro aspecto relevante que será el cambio de ciertas palabras para una mejor comprensión, “por ejemplo, a partir de ahora se va a cambiar el término de sodio por sal, para que así los consumidores lo entiendan mejor. Además, se podrá realizar una aclaración, si no lleva sal añadida se especificará que lleva la sal presente de forma natural”. Agustín explica que aunque no siempre el producto podrá contener los niveles declarados en la etiqueta “por los procesos de manipulación o envasado, hay que evitar que la información que se de sea un fraude“.
“El etiquetado estará en un nivel destacado en un lugar visible y será legible y endeleble”
Por su parte, Teresa Calvo, de la subdirección General de Control y Laboratorios Alimentarios del Magrama, ha centrado su presentación en la parte del etiquetado que contendrá el origen del producto. “Esto afectará a todos los alimentos que estén envasados, pero no a los que se compren a granel”.
Por último, Monserrat Prieto de la FIAB ha concluido asegurando que lo importante es que “el etiquetado tenga un nivel destacado que esté en un lugar visible y que sea legible y endeleble“.
Es importante señalar que el Reglamento IAC se concibe como una normativa abierta, en el sentido de que aún quedan por cerrar determinadas cuestiones. Además, concientes de la complejidad del proceso de adaptación, los legisladores han establecido unos periodos de entrada en vigor y transitorios muy amplios. Así, por ejemplo, La información nutricional obligatoria conforme al Reglamento 1169/2011 no es exigible hasta el 13 de diciembre de 2016. No obstante, cuando un alimento facilite la información nutricional de forma voluntaria o deba facilitarla por hacer declaraciones nutricionales o de propiedades saludables, o por tratarse de un alimento al que se han adicionado vitaminas, minerales u otras sustancias, deberá cumplir con las nuevas exigencias a partir del 13 de diciembre de 2014.